Ago 27, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas publicadas en el día de hoy en el Boletín Oficial, a saber:
• LEALTAD COMERCIAL: Res. SCI Nº 868/2021: Incorporan las Posiciones Arancelarias de las partidas 4901 – libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas y 4903.00.00 – álbumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear para niños al Anexo de las Resoluciones N°453/10 y N°68/15 de la Secretaría de Comercio, referente a la certificación de tintas.
• CAPA DE OZONO: Res. MADS Nº 264/2021: Redistribuye las cuotas de importación de sustancias que agotan la capa de ozono adjudicadas mediante la Resolución N° 464/20 MADS.
• OBLIGACIONES IMPOSITIVAS: Res. Gral. AFIP Nº 5057/2021: Modifica determinados puntos de la R.G. N° 4268/18 -relativa al régimen de facilidades de pago, permanente y sujeto a las características de cada caso, aplicable para la cancelación total o parcial de multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación-.
• REGISTROS ESPECIALES ADUANEROS: Res. Gral. AFIP Nº 5055/2021: Extiende hasta el 30 de noviembre de 2021, inclusive, la eximición establecida por la Resolución General N° 4.699, sus modificatorias y sus complementarias, de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias de este Organismo, por parte de los contribuyentes y responsables.
Por su parte, a última hora de ayer el BCRA emitió la comunicación que se comenta a continuación:
• MERCADO DE CAMBIOS. Comunicación A 7348/2021: Modifica el acceso al mercado de cambios para que los importadores puedan financiar sus compras con créditos del exterior. La norma permitiría a las empresas acceder a dólares para cancelar las obligaciones a partir de los dos años de contraídas (Permitiría cambiar deuda comercial por deuda financiera en el exterior).
o El nuevo endeudamiento tendrá que ser:
– por un monto no menor al pago que se realizará,
– con un tope de u$s 5 millones por importación de bienes y servicios, y
– una vida promedio no menor a dos años
– Se deberá esperar dos años para acceder a los dólares para pagar el nuevo endeudamiento financiero.
o El financiamiento podría tener origen en:
– bancos,
– el mismo proveedor,
– el accionista o la casa matriz (En este supuesto se apunta a que, en lugar de capitalizar, se otorgue este nuevo endeudamiento).
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy cordialmente,
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS
Para más información, por favor contactarse con yanniellim@jpof.com.ar
Jul 16, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), el Ministerio de Desarrollo Productivo (MDP) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
- Dec. PEN N° 460/2021. Marca Oficial de la República Argentina
Se establece la “Marca País Argentina” como marca oficial de la República Argentina, con miras a la regularización y estandarización de la imagen nacional en el mundo. Asimismo, se procedió a renovar el signo oficial isologotipo anexado al mentado decreto.
Con la reciente marca se creó el Comité Interministerial para la marca País Argentina, quien tendrá a cargo el desarrollo e implementación de “la estrategia marca país argentina” para el posicionamiento internacional, la promoción del turismo, la cultura, el talento argentino y las exportaciones.
● Fecha de publicación B.O.: 15/07/2021.
- Resol. MDP N° 353/2021. Dumping
A través de la mentada resolución se procedió al cierre del examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias de la medida antidumping dispuesta mediante la Resolución N° 14/15 del ex Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, para las operaciones de exportación hacia la República Argentina de pelotas de tenis, originarias de la República Popular China, del Reino de Tailandia y de la Republica de Filipinas, fijándose una medida antidumping.
La presente medida tiene una vigencia de 5 (cinco) años desde el día 15/07/2021.
● Fecha de publicación B.O.: 15/07/2021. Vigencia: las presentes disposiciones comienzan a regir a partir del 15/07/2021.
- Comunicación “A” BCRA 7314/2021. Fecha de emisión: 15/07/2021.
A través de la presente se resolvió incorporar un nuevo punto a las normas operativas sobre “Sistema Nacional de Pagos – Cheques y otros instrumentos compensables”, los aspectos particulares relativos a la creación de la Central de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME impagas al vencimiento CenFIV.
● Fecha de publicación B.O.: 15/07/2021.
- Comunicación “A” BCRA N° 7317/2021. Fecha de emisión: 15/07/2021
Ref.: Circular SINAP 1-132: Sistema Nacional de Pagos – Cheques y otros instrumentos compensables Actualización.
A través de la presente, la mentada entidad hace llegar hojas que corresponderían incorporar a las normas mencionadas en la referencia en función de las disposiciones difundidas mediante la comunicación “A” 7219. Asimismo, se menciona que en la página oficial de la institución podrán observarse las modificaciones realizadas.
● Fecha de publicación B.O.: 15/07/2021.
- Comunicación “A” BCRA N° 7320/2021. Fecha de emisión: 15/07/2021.
Ref.: Circular SINAP 1-133: Sistema Nacional de Pagos. Truncamiento de cheques y transmisión de imágenes.
Se comunicó que se ha modificado el monto de los cheques truncados sin envío de imagen. Debiendo así, las entidades depositarias de cheques retener los documentos y comunicar la información electrónica correspondiente a la cámara de compensación cuando su importe sea menor o igual a $120.000.
● Fecha de publicación B.O.: 15/07/2021.
- Comunicación “A” BCRA N° 7326/2021. Fecha de emisión: 15/07/2021.
Ref.: Circular SINAP 1-134: Sistema Nacional de Pagos – Débito inmediato. Adecuaciones.
A través de la presente se resolvieron adaptar diversas adecuaciones al sistema de Debito inmediato, en lo que respecta a las notificaciones.
● Fecha de publicación B.O.: 15/07/2021.
- Comunicación “A” BCRA N° 7328/2021. Fecha de emisión: 15/07/2021.
Ref.: Circular SINAP 1-135: Medidas para mitigar el fraude en operaciones con billeteras digitales.
Se dispuso que aquellos proveedores de servicios de pago que ofrecieran cuentas de pago, permitan que tales cuentas tengan más de un titular.
Asimismo, se dispusieron ciertos recaudos que deberán cumplir las entidades financieras y los PSPOCP que brinden el conocido servicio de “billetera digital” o similar. Dispone la obligación de tales entidades de notificar a sus clientes, mediante los canales de comunicación habituales, acerca de lo mencionado anteriormente.
● Fecha de publicación B.O.: 15/07/2021.
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS