Jun 24, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección General de Aduanas (DGA) y por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
- Resol. Gral. 5013/2021 (AFIP). Departamento Dcho. Aduanero y Departamento Dcho. Tributario
Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. Derechos de exportación por prestaciones de servicios.
A través de la presente se estableció que el derecho de exportación del 0% fijado para las prestaciones de servicios, será de aplicación para los sujetos caracterizados en el Sistema Registral con el código 451 respecto de las operaciones que estos realicen desde su inscripción en el registro EDC. Para los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software de la Ley N° 25.922, que hubieren ratificado su voluntad de continuar con la adhesión al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, la alícuota del 0% será aplicable a las exportaciones realizadas a partir del 22/12/2020, inclusive.
● Fecha de publicación B.O.: 24/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 1/08/2021.
2. Resol. Gral. DGA N° 5014/2021.
Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo.
Se establecieron los valores referenciales de exportación de Calamares, congelados, enteros, con destino a los países consignados en el Anexo II de la norma.
● Fecha de publicación B.O.: 24/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 28/06/2021.
3. Resol. Gral. DGA N° 5015/2021.
Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo.
Similar a lo mencionado en la norma anterior, a través de la presente se establecieron los valores referenciales de exportación de leche entera y en polvo, que tuvieren destino a los países consignados en el Anexo II de la norma en comentario, y se dejó sin efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III de la misma (leche en polvo).
● Fecha de publicación B.O.: 24/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 28/06/2021.
4. Comunicado de Prensa BCRA N° 51002/2021. Fecha de emisión: 22/06/2021
Certificaciones de aumento de exportaciones de bienes. Procedimiento de emisión.
Se comunicaron los detalles relacionados con la emisión de las Certificaciones de aumento de exportaciones de bienes en el año 2021, que fuera prevista en la Comunicación “A” 7301 > punto 3.18 > normas Exterior y Cambios.
Se establecieron las condiciones, procedimientos y demás particularidades respecto al trámite.
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS
En caso de requerir asistencia sobre este asunto, consulte al Dr. Martín Yannielli (yanniellim@jpof.com.ar).
Jun 23, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y por la Secretaria de Alimentos, Bioeconomia y Desarrollo Regional (SAByDR).
Dto. PEN N° 408/2021
A través del mentado Decreto Presidencial, se resolvió suspender hasta el 31/12/2021 inclusive, la exportación definitiva y/o suspensiva, destinada al exterior del país de las siguientes mercaderías: Reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso –incluso incompleto-, cuarto trasero con hueso –incluso incompleto-, medias reses incompletas con hueso, asado con o sin hueso, falta, matambre, tapa de asado, cuadrada, paleta y vacío.
Respecto a las mercaderías que se encuentren comprendidas en las partidas arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, que correspondan a carne de bovinos ya sea fresca o refrigerada o bien congelada, que no estuvieran mencionadas en lo mencionado en el primer párrafo del presente, podrán ser exportadas hasta alcanzar un cupo mensual que no podrá superar el 50% del promedio mensual del total, de las toneladas exportadas de productos cárnicos por el periodo julio/diciembre del año 2020.
Fecha de publicación B.O.: 23/06/2021. La presente norma se encuentra vigente desde el 23/06/2021.
Comunicación “B” 12187/2021 – Fecha de emisión: 22/06/2021.
Certificación de aumento de exportaciones de bienes. Habilitación.
Por medio de la presente comunicación emitida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), se comunica que el sistema de consulta previsto en la Comunicación “A” 7301 > punto. 3.18.4 > “exterior y cambios”, el cual refiere a consultas acerca de Certificaciones de aumento de exportaciones de bienes, se encuentra habilitado para el uso de entidades varias, desde el día 23/06/2021.
Comunicación “B” 12188/2021– Fecha de emisión: 22/06/2021.
Certificaciones de aumento de exportaciones previstas en la Com. “A” 7301. Procedimiento de emisión.
Se comunican los detalles respecto a la emisión de las Certificaciones de aumento de exportaciones de bienes en el año 2021 (consignada en la Comunicación “A” 7301, punto 3.18 > “Exterior y Cambios”)
Asimismo, establece el procedimiento de inicio del trámite, forma de determinar datos respecto a exportadores –si es considerado elegible para obtener estas certificaciones, montos máximos de las mismas que pudiera obtener desde sus operaciones, entidad financiera responsable de emitir certificaciones, etc.-
Informamos que será obligación la constatación de la información existente en el aplicativo puesto a disposición por el BCRA como así también la documentación que fuera exigida.
Resolución SAByDR Nº 54/2021 – Fecha de emisión: 18/06/2021.
A través de la presente se concedió el derecho de uso sin exclusividad del sello “Alimentos Argentinos con Elección Natural” y su versión en inglés “Argentina Food a Natural Choice”, a la firma Frigorífico Alberdi S.A., para distinguir al producto “Carne Bovina Enfriada y Envasada al vacío”, para las marcas “Frigorífico Alberdi” y “Green Gold”.
Fecha de publicación B.O.: 23/06/2021.
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS
En caso de requerir asistencia sobre este asunto, consulte al Dr. Martín Yannielli (yanniellim@jpof.com.ar).
Jun 22, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por la Dirección General de Aduanas (DGA) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA):
Resolución General DGA N° 5011/2021
Valores referenciales de carácter preventivo; La presente norma introduce los valores referenciales de exportación de carácter precautorio de las mercaderías respectivamente indicadas en su Anexo I con destino a los países que fueran consignados en el Anexo II de la mentada Resolución.
Fecha de publicación B.O.: 22/06/2021. Se hace saber que las disposiciones mencionadas serán de aplicación desde el 24/06/2021.
Resolución General DGA N° 5012/2021
Clasificación Arancelaria de mercaderías; Se ubican en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), que en cada caso fue indicado, las mercaderías detalladas en el Anexo que respectivamente fue aprobado en la norma.
Fecha de publicación B.O.: 22/06/2021.
Comunicación “A” 7307 – Fecha de emisión: 18/06/2021.
Sistema de pagos en Moneda Local (SML) Argentina – Paraguay.
A través de la presente se hace saber que desde el día 22/06/2021 estará disponible para el debido uso como Sistema Bilateral de Pagos con la República del Paraguay el “Sistema de Pagos en Moneda Local (SML)”, que tiene por finalidad agilizar las transacciones entre el mentado país y la República Argentina en monedas locales.
La norma en cuestión establece las condiciones, requisitos y demás aspectos relevantes para operar.
Comunicación “A” 7308 – Fecha de emisión: 18/06/2021.
Normas de “Exterior y cambios”; Adecuaciones y actualización del texto ordenado. Operaciones cursadas a través del Sistema de Monedas Locales.
Mediante la presente comunicación, se comunica que el BCRA adoptó una serie de modificaciones y adecuaciones a las normas sobre “Exterior y cambios” que refieren a las operaciones cursadas por el Sistema de Monedas Locales, se hace saber que las mentadas modificaciones estarán vigentes desde el día 22/06/2021.
Comunicación “A” 7309 – Fecha de emisión: 18/06/2021.
R.I. Contable Mensual – “Operaciones de Cambio” (R.I. – O.C.). Adecuaciones. Operaciones con el Sistema de pagos en Moneda Local (SML) con Paraguay.
Se comunican las modificaciones que fueran introducidas al Régimen Informativo en el presente título, en virtud de las adecuaciones dispuestas por la Comunicación “A” 7308 mencionada. Asimismo, se introduce un nuevo código de moneda especifico “ML3: Operaciones de SML con Paraguay” a los fines de observarlo para las operaciones futuras en el marco del Sistema de Pagos en Moneda Local (SML).
Comunicación “A” 7310 – Fecha de emisión: 18/06/2021.
R.I. Contable Mensual – “Operaciones de Cambio” (R.I. – O.C.). Adecuaciones. Presentación de Informaciones al Banco Central.
Íntimamente relacionado con el régimen informativo enunciado en la Comunicación “A” 7309 que fuera anteriormente mencionada, se adjuntan las hojas que reemplazan en el texto ordenado de la Sección 23, “Presentación de Informaciones al Banco Central”.
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
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En caso de requerir asistencia sobre este asunto, consulte al Dr. Martín Yannielli (yanniellim@jpof.com.ar).
Jun 16, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Tributario
Jun 15, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Tributario, Derecho Tributario
Jun 7, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas.
Comunicación “A” 7301 – Fecha de emisión: 04/06/2021.
Introduce el punto 3.18 en las normas de “Exterior y cambios”, con vigencia a partir del 14.6.21, en virtud del cual se dispone que quedarán exceptuados del requisito de conformidad previa del BCRA para acceder al mercado de cambios aquellos que:
- cuenten con una “Certificación de aumento de las exportaciones de bienes en el año 2021”, y
- acrediten el cumplimiento de los restantes requisitos generales y específicos que sean aplicables a cada operación.
La certificación se tramita ante una entidad financiera local (la que se haya nominado en la mayor cantidad de permisos de embarque del 2021), cumpliendo los requisitos dispuestos por la comunicación en comentario, estipulando un manto máximo de las certificaciones y la forma de establecerlo.
Operaciones que quedarán exceptuadas de la conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios, si se cuenta con el certificado en cuestión:
- pagos de servicios a contrapartes vinculadas del exterior por el equivalente al valor que se abona;
- girar utilidades y dividendos a accionistas no residentes por el equivalente al valor de utilidades y dividendos que se abona;
- cancelación de capital de endeudamientos financieros con el exterior cuando el acreedor sea una contraparte vinculada, por el equivalente del monto de capital que se abona;
- pago del excedente del 40% del capital que vence de pasivos en moneda extranjera refinanciados hasta el 31.12.2021 -la norma en comentario agrega además que el resto del capital haya sido refinanciado con un nuevo endeudamiento externo con una vida promedio de 2 años como mínimo-.
- También procederá el pago del excedente cuando registre liquidaciones en el mercado de cambios a partir del 09/10/2020 en concepto de: otros endeudamientos financieros con el exterior o emisiones de títulos de deuda con registro público (ya sea en el exterior o en el país -denominadas en moneda extranjera que cumplan determinadas condiciones-).
Se adjuntan al presente el texto de las normas en comentario, así como sus anexos en caso de corresponder.
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy cordialmente,
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS
En caso de requerir asistencia sobre este asunto, consulte al Dr. Martín Yannielli (yanniellim@jpof.com.ar).