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Nos dirigimos a Uds. a fin de informarles las novedades normativas en materia de Derecho de la Salud.

Al respecto, informamos que con fecha 09/06/2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 209/2020 (en adelante, “la Resolución”) dictada por la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, mediante la cual se dispuso

(i) prorrogar por un año contado desde la fecha de su vencimiento los Certificados Únicos de Discapacidad emitidos en virtud de las Leyes Nº 22.431 y sus modificatorias y Nº 24.901 cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 y (ii) prorrogar el vencimiento de los Símbolos Internacionales de Acceso emitidos cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.

OBJETO

La Resolución – en su art. 1° dispuso prorrogar por un año contado desde la fecha de su vencimiento los Certificados Únicos de Discapacidad emitidos en virtud de las Leyes Nº 22.431 y sus modificatorias y Nº 24.901 cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive.

Mediante el art. 2 de la Resolución se estableció la prórroga del vencimiento de los Símbolos Internacionales de Acceso emitidos en virtud de la ley Nº 19.279 y el Decreto Nº 1313/93 cuyo vencimiento haya ocurrido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020 inclusive.

VIGENCIA Y OPERATIVIDAD

La presente resolución entrará en vigencia después de transcurridos ocho días desde su publicación en el Boletín Oficial, esto es, con fecha 17/06/2020.

Departamento de Derecho Contencioso Civil y Comercial.