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En el día de hoy fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución General Nº 4.769/20 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la cual se prorrogó el plazo para presentar las declaraciones juradas (DDJJ) informativas anuales del período fiscal 2019[1] para aquellos fideicomisos financieros y no financieros constituidos en el país y en el exterior.

La norma en comentario establece las fechas de vencimiento para la presentación de dichas DDJJ conforme se indica a continuación:

Terminación CUITFecha de vencimiento
0, 1, 2 y 3Hasta el día 28 de octubre de 2020, inclusive
4, 5 y 6Hasta el día 29 de octubre de 2020, inclusive
7, 8 y 9Hasta el día 30 de octubre de 2020, inclusive.

Aplicación

Las disposiciones de la presente resolución entraron en vigencia a partir del día 27/07/2020.

El presente informe no constituye opinión legal y su aplicación práctica debe adecuarse al caso concreto de que se trate.

Quedamos a v/ disposición. En caso de requerir cualquier aclaración, no duden en consultarnos.

Atentamente,

JP O’Farrell Abogados – Dpto. de Derecho Tributario


[1] Conf. Resolución General Nº 3.312 (AFIP) modif. y comp.