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Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 23 de septiembre de 2020

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 23 de septiembre de 2020

A continuación, mencionamos las novedades normativas publicadas en el día de la fecha, en materia de Derecho Público, en los Boletines Oficiales de las jurisdicciones citadas.

Boletín de la República Argentina

  • Decisión Administrativa 1738/2020

Exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y La Pampa.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235240/20200923

  • Resolución N° 354/2020

Prorroga la declaración de días inhábiles para las actuaciones cambiarias y financieras instruidas en los términos de las Leyes del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 y de Entidades Financieras N° 21.526, desde el día 21 de septiembre y hasta el día 11 de octubre de 2020.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235290/20200923

Cuidad Autónoma de Buenos Aires

  • El boletín del día no se encuentra publicado al momento de elaboración del presente informe.

Provincia de Buenos Aires

  • Decreto Nº 774/2020

Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional N° 297/2020 y sus normas complementarias.

Link: https://normas.gba.gob.ar/ar-b/decreto/2020/774/216634   

  • Resolución Nº 2321-MJGM-2020

Establecer el uso del correo electrónico institucional como único medio de comunicación oficial válido y alternativo al Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Gestión Documental Electrónica Buenos Aires “GDEBA”, para los casos en que dichas comunicaciones tengan relación directa con la función del usuario en el Organismo, en el ámbito de la Administración Central, los entes descentralizados y las entidades autárquicas.

Link: https://normas.gba.gob.ar/ar-b/resolucion/2020/2321/216623

Quedamos a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar

Equipo del Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 22 de septiembre de 2020

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 22 de septiembre de 2020

A continuación, mencionamos las novedades normativas publicadas en el día de la fecha, en materia de Derecho Público, en los Boletines Oficiales de las jurisdicciones citadas.

Boletín de la República Argentina

  • Resolución 142/2020 – INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Prorroga la suspensión de plazos dispuesta por la RESOL-2020-127-APN-INPI#MDP, desde el día 21 de septiembre de 2020 inclusive, hasta el día 11 de octubre de 2020 inclusive.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235198/20200922

Cuidad Autónoma de Buenos Aires

  • El boletín del día no se encuentra publicado al momento de elaboración del presente informe.

Provincia de Buenos Aires

  • Resolución Nº 661/2020 – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Aprueba las Tablas de Valores y Precios de Referencia confeccionadas por la Dirección de Estadísticas Económicas del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, correspondiente a los meses de enero y febrero de 2020 y resultan aplicables a los contratos de Obra Pública regidos por la Ley Nº 6.021 y sus modificatorias, para la redeterminación de precios.

Link: https://normas.gba.gob.ar/ar-b/resolucion/2020/661/216615

  • Disposición N° 33-DPPYSVMIYSPGP-2020

Prorroga los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 31 de octubre inclusive del mismo año, por el término de 270 (doscientos setenta) días corridos, contados a partir de la fecha de sus respectivos vencimientos, rectificando el plazo establecido oportunamente mediante Disposición N° 29/20.

Link: https://normas.gba.gob.ar/ar-b/disposicion/2020/33/216622

Quedamos a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar

Equipo del Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA de los días 18 y 21 de septiembre de 2020

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA de los días 18 y 21 de septiembre de 2020

A continuación, mencionamos las novedades normativas publicadas en los Boletines Oficiales de las jurisdicciones citadas, en materia de Derecho Público.

Boletín de la República Argentina

  • Resolución 491/2020 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO (B.O 18/9)

Aprueba las condiciones para la conversión del beneficio de Crédito a Tasa Subsidiada para empresas en subsidio, en los términos del Artículo 8° bis del Decreto N° 332 de fecha 1 de abril de 2020 y sus modificatorios.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235090/20200918

  • Comunicación “A” 7104/2020 – BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.O 18/9)

Establece que las entidades financieras sólo podrán acordar y desembolsar nuevas financiaciones en moneda extranjera al conjunto de clientes alcanzados por la definición de “Grandes empresas exportadoras” previa conformidad del Banco Central de la República Argentina y el límite de las mismas.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235122/20200918

  • Comunicación “A” 7105/2020 – BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.O 18/9)

Establece que con carácter previo a la apertura de una caja de ahorros en moneda extranjera –excepto que se solicite para acreditar transferencias que provengan del exterior– las entidades financieras deberán obtener evidencia de la que surja que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera, no siendo admisible que sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social –incluyendo los subsidios de carácter alimentario–, sin perjuicio de que podrán percibir prestaciones de la seguridad social derivadas de la relación laboral –tales como las asignaciones familiares–.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235123/20200918

  • Decreto 754/2020 (Suplemento del 20/9)

Establece extensión de las medidas sanitarias hasta el hasta el día 11 de octubre de 2020 inclusive.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235132/20200920

  • Decreto 756/2020 (Suplemento del 20/9)

Establece que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios y las usuarias indicados en el artículo 3°, en caso de mora o falta de pago de hasta SIETE (7) facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020. Quedan comprendidos y comprendidas los usuarios y las usuarias con aviso de corte en curso. Si un usuario o una usuaria accediera a un plan de facilidades de pago en las condiciones que establezca la reglamentación, se considerará a los efectos del presente, como una factura pagada.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235133/20200920

  • Decreto 755/2020 (Suplemento del 20/9)

Prorroga la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus complementarios, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales, desde el 21 de septiembre hasta el 11 de octubre de 2020, inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235134/20200920

  • Ley 27563 (B.O 21/9)

Ley de sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235135/20200921

  • Resolución 353/2020 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO (B.O 21/9)

Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235154/20200921

  • Resolución 208/2020 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA (B.O 21/9)

Aprueba el texto ordenado de los “PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN COVID 19”, que como Anexos I) “PROTOCOLO GENERAL DE ACTUACIONES PARA LA PREVENCION- COVID 19”; II) “PROTOCOLO DE BUENAS PRACTICAS EN LOS PUESTOS DE TRABAJO PARA LA PREVENCION- COVID 19”; III) “PROTOCOLO DE ACTUACIONES FRENTE A CASOS DE INFECCION POR CORONAVIRUS- COVID-19”, y; IV) “MEDIDAS DE SEGURIDAD FISICA EN ESPACIOS DE ATENCION AL PUBLICO”

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235157/20200921

  • Resolución 39/2020 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA (B.O 21/9)

Modifica los apartados que llevan el título “Manejo de contactos” correspondientes a los Anexos I y III de la Resolución Plenaria Nº 208/2020, y remitirse a los términos del Anexo III, bajo el título “PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE LA APARICION DE UN CASO SOSPECHOSO O CONFIRMADO” de la Acordada 31/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235158/20200921

Cuidad Autónoma de Buenos Aires

  • Resolución N° 125/AVJG/20 – Vicejefatura de Gobierno (B.O 18/9)

Se aprueba el Protocolo de Competencias del Deporte Motor a realizarse en el Autódromo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Oscar y Juan Gálvez

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-AVJG-AVJG-125-20-5959.pdf

  • Disposición N° 6/DGLYTAGC/20 – Ministerio de Justicia y Seguridad (B.O 18/9)

Se aprueba la Cuarta Actualización del Compendio Normativo que reúne la normativa vigente de aplicación en el ámbito de la Agencia Gubernamental de Control elaborado por la Dirección General Legal y Técnica

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DIS-MJYSGC-DGLYTAGC-6-20-5959.pdf

  • Decreto N° 332/20 (B.O 21/9)

Se establece la excepción de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297-PEN/20 y sus prórrogas, a las personas afectadas a la actividad de construcción de obras de más de cinco mil metros cuadrados y de aquellas obras que se encuentren a noventa días de su finalización.

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DEC-AJG-AJG-332-20-5960.pdf

  • Resolución N° 425/20 – Jefatura de Gabinete de Ministros (B.O 21/9)

Se prohíbe el estacionamiento general de vehículos en tramos de calles para la generación de nuevas áreas peatonales transitorias.

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MJGGC-SECTOP-425-20-5960.pdf

  • Resolución N° 258/20 – Ministerio de Desarrollo Económico y Producción (B.O 21/9)

Se aprueba el Protocolo para la Construcción para Prevención para Prevención y manejo de casos de COVID-19.

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MDEPGC-MDEPGC-258-20-5960.pdf

  • Resolución N° 259/20 – Ministerio de Desarrollo Económico y Producción (B.O 21/9)

Se deja sin efecto la Resolución N° 153-MDEPGC/20 y se aprueba el Protocolo para el Funcionamiento de las Actividades de Demolición y/o Excavación.

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MDEPGC-MDEPGC-259-20-5960.pdf

Provincia de Buenos Aires

  • Resolución Nº 293-MTGP-2020 – MINISTERIO DE TRABAJO (B.O 18/9)

Establece que el monto de las sumas no remunerativas previstas en concepto de colaboración económica, en los Programas incluidos en el Plan de Promoción, Preservación y Regularización del Empleo (PREBA), regulado por el Decreto N° 3.379/2008 y sus normas modificatorias, complementarias y de aplicación, será de pesos ocho mil cuatrocientos ($8.400) mensuales.

Link: https://normas.gba.gob.ar/ar-b/resolucion/2020/293/216527

  • Resolución Firma Conjunta Nº 360-ADA-2020 – AUTORIDAD DEL AGUA (B.O 18/9)

Aprueba el Programa de Gestión de Efluentes Líquidos con Fortalecimiento Industrial y dispone la suspensión de los procedimientos de cobro de multas impuestas a los administrados que, en el marco del Programa, suscriban la Carta Compromiso.

Link: https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/10548/ver

  • Resolución Nº 2322-MJGM-2020 (B.O 21/9)

Aprueba el cuadro de actividades comprendidas en el sistema de fases provincial.

Link: https://normas.gba.gob.ar/ar-b/resolucion/2020/2322/216585

Quedamos a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar

Equipo del Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 17 de septiembre de 2020

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 17 de septiembre de 2020

A continuación, mencionamos las novedades normativas publicadas en el día de la fecha, en materia de Derecho Público, en los Boletines Oficiales de las jurisdicciones citadas.

Boletín de la República Argentina

  • Decreto 747/2020

Aprueba la reglamentación de la Ley Nº 27.548 de “Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de Coronavirus COVID-19”,

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235055/20200917

  • Comunicación “A” 7106/2020 -BCRA

Establece que los consumos en el exterior con tarjeta de débito con débito en cuentas locales en pesos y los montos en moneda extranjera adquiridos por las personas humanas en el mercado de cambios a partir del 01.09.2020 para la cancelación de obligaciones entre residentes en el marco de lo dispuesto en el punto 3.6 de las normas de “Exterior y cambios”, incluyendo los pagos por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito, serán deducidos, a partir del mes calendario siguiente, del máximo establecido del mes calendario siguiente en el punto 3.8 de las normas de “Exterior y cambios” para la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas para la formación de activos externos, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235083/20200917

Cuidad Autónoma de Buenos Aires

  • Ley N° 6325 (Boletín del 16/7)

Ley de Responsabilidad del Estado

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PL-LEY-LCABA-LCBA-6325-20-5957.pdf

  • Resolución N° 195/CMCABA/20

Se aprueba el Protocolo de regulación del Teletrabajo para el Poder Judicial de la CABA

Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PJ-RES-CMCABA-CMCABA-195-20-5958.pdf

Provincia de Buenos Aires

  • Sin novedades de relevancia.

Quedamos a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar

Equipo del Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 16 de septiembre de 2020

Novedades normativas en los Boletines Nación, CABA y PBA del día 16 de septiembre de 2020

A continuación, mencionamos las novedades normativas publicadas en el día de la fecha, en materia de Derecho Público, en los Boletines Oficiales de las jurisdicciones citadas.

Boletín de la República Argentina

  • Resolución General 4815/2020 – AFIP

Establece un régimen de percepción que se aplicará sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 27.541 y su modificación, su reglamentación y normas complementarias.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235038/20200916

  • Resolución General 4816/2020 – AFIP

Establece una ampliación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Su implementación.

Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235039/20200916

Cuidad Autónoma de Buenos Aires

  • El boletín del día no se encuentra publicado al momento de elaboración del presente.

Provincia de Buenos Aires

  • Resolución Nº 2205-MJGM-2020

Modificar el Listado de Deportes Individuales, exceptuados de las medidas de aislamiento, comprendidos en el Anexo I de la Resolución N° 2093/2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros.

Link: https://www.boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/10543/ver

Quedamos a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar

Equipo del Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados

Novedades normativas en Derecho Aduanero del día 14 de septiembre de 2020

Novedades normativas en Derecho Aduanero del día 14 de septiembre de 2020

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas.

  1. Resolución General 4814/2020 – AFIP – Fecha de publicación 14/09/2020.

Establece que los importadores/exportadores de mercadería de Paraguay, ingresada en marco de los Acuerdos de Complementación Económica N° 13 y 18, por las operaciones registradas a partir del 15/09/2020, podrán utilizar el Certificado de Origen Digital (COD) o el certificado de origen en formato papel y dispone los lineamientos generales del procedimiento que deberán observar los despachantes de aduana a los fines de su carga así como el servicio aduanero a efectos de su control.

  • Decreto 745/2020 – Poder Ejecutivo Nacional – Fecha de Publicación 14/09/2020.

Incorpora nuevos insumos sanitarios al anexo del decreto 333/2020, vinculados a fabricación de elementos de diagnostico para covid 19, a los que se fija un Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del CERO POR CIENTO (0 %) y se exime del pago de la tasa de estadística a dicha importación.

Departamento de Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios – JP O’FARRELL ABOGADOS

Decreto N°954/20 de la provincia de Santa Fe

Decreto N°954/20 de la provincia de Santa Fe

Por medio del Decreto N° 954/20 (B.O. 14/09/20) se dispuso, a partir de las cero (0) hora del día 12 de septiembre de 2020 y por el término de catorce (14) días corridos, en el ámbito de las ciudades de Santa Fe y Santo Tomé del Departamento La Capital, quedan suspendidas las actividades oportunamente habilitadas durante la vigencia del “aislamiento, social, preventivo y obligatorio” y el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, según corresponda, que a continuación se detallan y en consecuencia no podrán realizarse las mismas:

  1. Comercio mayorista de venta de mercaderías de rubros no esenciales. A los fines de la determinación de los rubros esenciales no alcanzados por la restricción se estará a lo dispuesto por los artículos 12 y 13 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 714/20 del Poder Ejecutivo Nacional, al que la provincia adhiriera mediante Decreto Nº 0927/20.
  2. Apertura de shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4. de la Ley Nº 12069.
  3. Locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados); los que solo podrán permanecer abiertos durante las veinticuatro (24) horas del dia para brindar exclusivamente los servicios de envío a domicilio (“delivery”), y hasta las veintidós (22:00) horas bajo la modalidad “para llevar” (también llamada “take away”).
  4. Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; excluidas las vinculadas al arte de curar, que continuarán funcionando como al presente; y la actividad notarial, cuando la misma se encuentre limitada exclusivamente a posibilitar el cumplimiento de las actividades y servicios calificados como esenciales en la emergencia; quedando sujeta en su ejercicio a las previsiones establecidas en la Decisión Administrativa Nº 467/20 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
  5. Obras privadas que ocupen más de cinco (5) trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar y actividad inmobiliaria y mudanzas.
  6. Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, y la actividad administrativa y académica de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial.
  7. Práctica de actividades deportivas y físicas en instalaciones cerradas tales como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre. Quedan exceptuadas de la restricción las actividades de los deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con habilitación para la práctica brindada por las autoridades nacionales.
  8. Apertura al público de los museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.
  9. Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas.
  10. Actividad a distancia de artistas en salas de grabación y ensayo; preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.
  11. Enseñanza de expresiones y disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista en tal carácter, o integrado a un espacio colectivo, institución o establecimiento.
  12. Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
  13. Servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología.
  14. Actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares, comprendidos en el régimen de la Ley N° 26844. Quedan excluidos de la restricción y en consecuencia habilitados para ejercer su actividad quienes se desempeñan como cuidadores de adultos mayores, y personas con discapacida
  15. Las actividades religiosas, reuniones o ceremonias en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos quedan habilitadas en tanto no involucren la concurrencia simultánea de más de diez (10) personas.

Por su parte, el decreto dispuso que no resultan alcanzadas por la medida dispuesta por el inciso a) del Artículo 1°:

  1. El comercio minorista de rubros no esenciales, cuando se desarrolle en locales de cercanía o proximidad a los que pueda accederse sin utilización del transporte público, en horario que no exceda el de las 19.30 hs.
  2.  la venta de mercaderías ya elaboradas, de comercios minoristas de rubros esenciales y no esenciales, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio (también conocida como “delivery”); debiendo en tales casos cumplimentarse en el acto de entrega de los productos con la utilización obligatoria de elementos de protección de nariz, boca y mentón conforme a lo establecido por los Decretos Nros. 0347/20, 0348/20 y 0655/20, tanto por quien los entrega, como por quien los recibe.
  3. el comercio minorista de rubros no esenciales con la modalidad para llevar (también conocida como “take away”), con entrega y pago previamente convenidos, sin poder excederse de las 19.30 horas; pudiendo determinar las autoridades locales las zonas del distrito donde se habilitará esta modalidad.

LINK: https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2020/2020-09-14decreto0954-2020.html

Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados