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Decreto 714/2022 – DCTO-2022-714-APN-PTE – Disposiciones – (BO: 28/10/2022 

Con fecha 27 de octubre de 2022, se emitió el Decreto 714/2022, publicado en el Boletín Oficial el día 28/10/2022. 

Mediante su dictado, se incrementó el importe de la remuneración y/o del haber bruto y se dispuso que, a partir del 1° de noviembre de 2022, quienes perciban por dicho concepto una suma de hasta $330.000 mensuales, inclusive, no deberán pagar el Impuesto a las Ganancias. 

En la misma línea, y en lo que hace a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario de 2022, el Decreto en análisis dispuso que deberá considerarse el importe establecido en el párrafo anterior y el promedio del segundo semestre calendario de la remuneración y/o haber bruto. 

Por otra parte, el citado Decreto también estableció que, en el caso de sujetos cuya remuneración y/o haber bruto supere la suma equivalente a $330.000 mensuales, pero no exceda la de $431.988 mensuales, inclusive, la AFIP sería la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente mediante reglamentación a dictarse al efecto -y conforme lo prevé la segunda parte del anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la ley del Impuesto a las Ganancias-. 

Por último, se dispuso que las disposiciones del Decreto se hallan vigentes desde el día de su publicación en el Boletín Oficial (28/10/2022) y que resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de noviembre de 2022, 

inclusive, y -respecto de la segunda cuota del SAC-, surtirá efectos de la manera indicada en el tercer párrafo del presente informe.

Atte: Departamento de Derecho Tributario