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En el día de hoy fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 4.722/20, emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la cual se fijó un nuevo periodo de feria fiscal extraordinario, entre los días 25/05 y el 7/06/2020, ambos inclusive.

Durante su vigencia no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

Los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la AFIP por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) están exceptuados del nuevo período de feria comentado.

El presente informe no constituye opinión legal y su aplicación práctica debe adecuarse al caso concreto de que se trate.

Quedamos a v/ disposición. En caso de requerir cualquier aclaración, no duden en consultarnos.

Atentamente,

JP O’Farrell Abogados – Dpto. de Derecho Tributario