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El día 05/11/2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 511/2020, según la cual se fijó el día 4 de diciembre de 2020 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el art. 4 de la Decisión Administrativa 46/2001 (J.G.M.), que deberán abonar las sociedades por acciones ya inscriptas en la Inspección General de Justicia.

La boleta se podrá obtener en los próximos días a través del servicio de emisión de tasas de la página web de la Inspección General de Justicia: https://www2.jus.gov.ar/igj-tasas/ Asimismo, se mantiene el cálculo del monto de la tasa conforme lo establecido en la Disposición Administrativa No. 46 de fecha 24 de Abril de 2001: el mismo se determinará con relación a la sumatoria del capital social de sus estatutos y la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables, conforme la siguiente escala:

CAPITAL Y AJUSTE DE CAPITALHASTATASA ANUAL
de $05.000100
de $5.000,0110.000200
de $10.000,0120.000400
de $20.000,0140.000500
de $40.000,0180.000700
de $80.000,01120.000900
de $120.000,01150.0001.100
de $150.000,01200.0001.400
de $200.000,011.000.0001.800
de $1.000.000,012.100.0002.300
de $2.100.000,01en adelante2.500

Vencida la fecha de vencimiento del pago de la tasa anual, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº46/01, equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier información adicional y/o consulta al respecto.

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