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Con fecha 08/05/2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución N°144/2020 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS). La Resolución objeto de análisis se encuentra vigente a partir del día de la fecha y mantendrá sus efectos durante la vigencia del Decreto N° 260/20.

Se autoriza a los Operadores de Residuos Peligrosos inscriptos en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos de la Ley N° 24.051 que realicen operaciones de eliminación de residuos peligrosos de diversas Corrientes de Desechos incluidas en el Anexo I de la Ley N° 24.051 mediante la tecnología de incineración (Operación de Eliminación D10, Anexo III de Ley 24.051) a realizar operaciones de eliminación de residuos patológicos (Corriente de Desechos Y1, Anexo citado) mediante dicha tecnología.

A tal fin los Operadores deberán dar previa comunicación a la Coordinación de Residuos Peligrosos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al correo electrónico simel@ambiente.gob.ar, identificando al generador, cantidad de residuos tratados y número de Manifiesto, debiendo contar asimismo con Certificado Ambiental Anual vigente y sus sectores de acopio transitorio deberán cumplir con las condiciones establecidos por la Resolución N° 177 del entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Finalmente, la Resolución N° 144 invita a las autoridades competentes de las provincias y de la Ciudad Autónoma De Buenos Aires a adherir a las disposiciones de la presente resolución o dictar normas de análogo tenor.

El presente informe no debe considerarse como asesoramiento en relación a un tema en particular.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier información adicional y/o consulta con relaciona este tema.

JP O´Farrell Abogados – Departamento de Derecho Ambiental