En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución General Nº 4.767 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante la cual se extendió, excepcionalmente, hasta el 31/08/2020 -inclusive- el plazo para presentar las declaraciones juradas patrimoniales informativas[1] del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y actores[2], entre otros.
Asimismo, se elevó a $2.000.000 anuales[3] el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes están obligados a presentar las declaraciones juradas de los impuestos mencionados.
Destacamos que las disposiciones de la presente norma resultan de aplicación para el periodo fiscal 2019.
Aplicación
La presente resolución se encuentra vigente a partir del día 23/07/2020.
El presente informe no constituye opinión legal y su aplicación práctica debe adecuarse al caso concreto de que se trate.
Quedamos a v/ disposición. En caso de requerir cualquier aclaración, no duden en consultarnos.
Atentamente,
JP O’Farrell Abogados – Dpto. de Derecho Tributario
[1] Conf. Resolución General (AFIP) Nº 4.003, sus modif. y comp.
[2] Incluye a aquellos actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores.
[3] Anteriormente el límite era de $1.500.000 anuales.