Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por la Dirección Nacional de Mejora de la Gestión Productiva (DNMGP) y Dirección Nacional de Protección Vegetal (DNPV).
- Disp. DNMGP Nº 11/2021. Registro Único de la Matriz Productiva (R.U.M.P.) Procedimiento.
Mediante la mencionada Disposición, se aprobó el Procedimiento para la Inscripción, Renovación, Actualización, Baja de la Inscripción y Alta por inscripción suspendida al Registro Único de la Matriz Productiva (R.U.M.P.), denominación recientemente resuelta a través de la Resolución Nº 328/2021 (MDP)[1] que se realizará en los Términos y Condiciones previstos en la presente, conforme los datos solicitados en el Formulario que se aprueba, quedando la Autoridad de Aplicación facultada para solicitar información adicional o complementaria que considere apropiada.
Entre los aspectos más relevantes destacamos los siguientes a considerar:
◦ Renovación
Todos aquellos que ya estuvieren inscriptos en el presente Registro, deberán renovar su inscripción en un plazo máximo de 120 días contados desde el 30/06/2021. Registración: vigencia anual.
¡OJO! Si no lo hubieras hecho en el plazo anteriormente citado, se procederá a suspender de manera automática la inscripción en el Registro.
◦ Inscripción
– Digital. Se hace a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD), con clave fiscal nivel 2 o superior.
– Leer y aceptar los términos y condiciones del sistema.
– Ingresar con carácter de declaración jurada los datos requeridos para inscribirse en el R.U.M.P.
– Opcional: prestar consentimiento expreso para compartir los datos ya aportados con otros organismos de la Administración Publica Nacional.
– Luego, se emitirá una constancia con un número de identificación único e irrepetible en el Registro, la cual reflejara los datos denunciados por el peticionante.
◦ Actualización y baja de la inscripción en el R.U.M.P
Aquellos que deban informar modificaciones declarados al momento de la inscripción o renovación deberán hacerlo a través del sitio web mencionado, TAD, y buscar la solapa correspondiente para el correspondiente tramite.
Asimismo la norma en comentario detalla los casos donde se procederá a la suspensión de la inscripción, desactivando el identificador R.U.M.P.
¿Algo más? Si, la norma cuenta con 4 Anexos (I, II, III y IV) en los cuales se encuentran el procedimiento a llevar a cabo, los términos y condiciones a observar, conforme los datos solicitados en el formulario, ect.
● Fecha de publicación B.O.: 05/07/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 06/07/2021.
2. Disp. DNPV Nº 400/2021. Sanidad Vegetal.
A través de la presente se modificó la Resolución N° 1525/19 SNSCA, norma por la cual se ratificó y mantuvo el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia Botrana.
● Fecha de publicación B.O.: 05/07/2021.
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS
[1] Resol. 328/2021 Ministerio de Desarrollo Productivo; Dispone la sustitución de la denominación “Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP) por “Registro Único de la Matriz Productiva” (RUMP).