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Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas.

Decreto 741/2020 – Poder ejecutivo Nacional – Fecha de Publicación 10/09/2020.

Crea el Consejo Federal de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional, y se invita a las provincias a adherir, cuyas funciones serán:

  1.  Asesorar sobre la participación de las Provincias y la CABA en el proceso de integración regional del país.
  2. Desarrollar estrategias de promoción del comercio exterior y de difusión de la oferta exportable;
  3. Asesorar sobre la organización y participación en ferias, rondas de negocios y misiones comerciales en el exterior;
  4. Elaborar estrategias de promoción, fomento y atracción de inversiones extranjeras;
  5. Promover la identificación de mercados y oportunidades de negocios en el exterior; y
  6. Fomentar la cooperación internacional de las Provincias y de la CABA con entidades públicas y privadas extranjeras.

No obstante, las recomendaciones y acciones que lleve adelante no serán vinculantes para la Nación, Provincias ni CABA

Integrantes del Consejo (que desempeñaran su cargo “Ad Honorem”):

  • Min. De Relaciones exteriores, comercio internacional y culto (En carácter de Presidente)
  • Los representantes de las provincias que adhieran al nuevo Consejo.

A su vez el Consejo tendrá un Comité Ejecutivo para coordinar y hacer las acciones requeridas por el  Consejo. Dicho comité estará conformado por:

  • miembros de diferentes secretarías y subsecretarías, enumeradas en el decreto, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y
    • un representante de cada región que se defina (donde se agrupen las provincias).

Comunicación A7101 – B.C.R.A. – Fecha de emisión 10/09/2020.

Para determinar la Posición de Contado (Punto 2.2.2 de las normas sobre Posición Global Neta de Moneda Extranjera –PGNME-) deberá deducirse el importe de las prefinanciaciones de exportaciones cuyo fondeo en moneda extranjera, por ese mismo importe, se impute a pasivos vinculados con la evolución del valor de la moneda extranjera –los que no podrán computarse en la excepción del inciso b -(“la posición neta de instrumentos vinculados con la evolución del valor de la moneda extranjera”)-.

Resolución General N° 4812/2020 – A.F.I.P. – Fecha de Publicación 11/09/2020.

Publica los valores referenciales de exportación de determinados tipos de papas con destino a diferentes países sudamericanos.

Resolución N° 44/2020 – Tribunal Fiscal de la Nación – Fecha de publicación 11/09/2020

Publica el acta acuerdo de fecha 08/09/2020, la que dispone las siguientes medidas respecto a los expedientes que tramitan en soporte papel, con vigencia desde el día de la fecha:

  1. Crea una mesa de entradas virtual para presentar escritos/documentación/oficios/etc que funcionará mediante la plataforma TAD. La misma operará para los expedientes aduaneros como impositivos.
  2. Instaura la notificación electrónica obligatoria para todos los expedientes en soporte papel.
  3. Las partes tendrán hasta el 30/11/2020 para constituir domicilio electrónico Denunciando CUIT/CUIL a efectos de remitirlas a la cuenta de usuario TAD, en los expedientes en Papel. De no constituir domicilio se intentará enviar la notificación al CUIT/CUIL que surja de las partes en el expediente. De no surgir ninguno se notificará por nota (salvo sentencias y resoluciones que comuniquen liquidaciones que se remitirán por carta certificada, edicto o cedula).
  4. Efectos: respecto del ingreso de escritos, documentación etc., exclusivamente para las presentaciones que involucren cuestiones que no admitan demora o referidas a moratoria u honorarios a partir del 14/09/2020, inclusive. Para el resto de las presentaciones, salvo la obligación de denunciar domicilio electrónico, se fijará oportunamente una nueva fecha (junto al levantamiento de la feria, la suspensión de plazos, las restricciones sanitarias y la concurrencia del personal).
  5. Desde el 14/09/2020 desactiva los correos electrónicos de las secretarías generales a efectos de recibir los escritos previstos en el art 4 de la acordada de fecha 28/07/2020.

Publicación en el B.O.R.A. del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. – Fecha de Publicación 11/09/2020.

Comunica la entrada en vigor para Argentina de los siguientes instrumentos multilaterales:

  1. Protocolos adicionales N° 210, 211 y 212 al Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre los estados parte del Mercosur entrarán en vigor el 27/09/2020
  2. Acuerdo para volver a prorrogar el acuerdo de cooperación para la promoción de la ciencia y la tecnología nucleares en América latina y el Caribe: Entró en vigor el 05/09/2020.

Departamento de Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios – JP O’FARRELL ABOGADOS