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Por medio del Decreto N° 0456/20 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe (B.O. 02/06/2020), se amplió a las localidades pertenecientes a los Aglomerados Urbanos del Gran Rosario y Gran Santa Fe la excepción dispuesta por el Decreto N° 446/20 a las personas afectadas a las actividades y servicios vinculados a “obras privadas”, que ocupen hasta diez (10) trabajadores, encuadrados en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción Ley N° 22250 y Convenio Colectivo de Trabajo N° 75/76, desarrollando tareas simultáneamente en el lugar, más los profesionales y los comprendidos en la excepción del artículo 2° inciso a) de la ley citada, siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento.

La ampliación de la excepción referenciada se dispuso en los mismos términos y condiciones establecidos en el citado Decreto Nº 0446/20, estos son:

  1. presentación del contratista ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social con una solicitud de autorización, acompañada por: informe sobre localización de la obra, sus características, horarios de trabajo, número de trabajadores, plan de trabajo; acreditación del vínculo laboral; presentar protocolo de seguridad e higiene; medidas previstas para la limpieza y desinfección; y modalidad de traslado de los trabajadores
  2. autorización del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social provincial.

LINK: https://www.santafe.gob.ar/boletinoficial/ver.php?seccion=2020/2020-06-02decreto0456-2020.html

Quedo a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar

Equipo del Departamento Derecho AdministrativoJP O’Farrell Abogados