Mar 25, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas.
Resolución SNSCA Nº 151/2021 – Publicada en B.O. 25/03/2021:
- Sustituye el Artículo 2º de la Resolución N° 76/19 SENASA, norma que elimina el Registro de Exportadores y/o Importadores de animales, vegetales, material reproductivo y/o propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o vegetal o mercaderías que contengan entre sus componentes, ingredientes de origen animal y/o vegetal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
Comunicación “A” 7243 – B.C.R.A. – Fecha de emisión 23/03/2021.
- Adjunta el modelo de Informe del auditor externo independiente sobre la Línea de financiamiento para la inversión productiva de Mipymes que establece la normativa correspondiente.
- Deberá presentarse junto con el régimen informativo de Supervisión con la información al 31.03.2021 según las instrucciones que oportunamente serán dadas a conocer.
Comunicación “A” 7242 – B.C.R.A. – Fecha de emisión 23/03/2021.
- Distribuyen la hoja que corresponde reemplazar en el texto ordenado de Prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas para incorporar las modificaciones establecidas por las Com. A-7128 y A-7237 que dejaron -para las casas y agencias de cambio- como informes anuales o bianuales al Informe técnico de autoevaluación y al Informe anual del revisor externo independiente.
Se adjuntan al presente el texto de las normas en comentario.
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy cordialmente,
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS
Mar 22, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas.
Comunicación “C” 89476 – B.C.R.A. – Fecha de emisión 22/03/2021.
Mediante la presente se comunican los exportadores e importadores que en los términos de la Comunicación A7200 son declarados sujetos obligados y deberán cumplimentar el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” antes del 30.04.2021. El mismo se completará a través de una aplicación que se establecerá al efecto.
La norma considera sujetos obligados a las personas humanas y jurídicas por su grado de significatividad en función de los volúmenes operados, en sus actividades de exportación y/o de importación de bienes durante el año 2020, de acuerdo a la información proporcionada en el marco de los regímenes informativos SECOEXPO y SEPAIMPO.
En este orden de ideas, la comunicación detalla los exportadores e importadores afectados.
Finalmente, las entidades financieras deberán informar a sus clientes de los términos establecidos en la Comunicación A 7200, atento que a partir del 01.05.2021, los sujetos obligados a cumplimentar el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” cuyo trámite conste como “NO INSCRIPTO” deberán contar con la conformidad previa del BCRA para dar curso a aquellas operaciones que correspondan a egresos por el mercado de cambios.
Se adjuntan al presente el texto de las normas en comentario, así como sus anexos en caso de corresponder.
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy cordialmente,
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS
Mar 19, 2021 | Novedades, Infografías y Memos, 2021, 2021, Derecho Aduanero y Cambiario, Derecho Aduanero y Cambiario
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas.
Comunicación “A” 7239 – B.C.R.A. – Fecha de emisión 18/03/2021.
Extiende medidas que restringen el pago de importaciones y endeudamientos externos.
- Prorroga hasta el 30.06.21 el requerimiento de autorización previa para el pago el pago de:
- endeudamientos a acreedores del exterior vinculados
(Puntos 2 y 3 de la Comunicación A7030 y complementarias).
- Suma al monto máximo permitido para no exigir tal autorización previa las importaciones ingresadas por Solicitud Particular o Courier embarcadas a partir del 1.7.2020.
- Permite el acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones por el 50% restante de las operaciones liquidadas desde el 19.3.21 si corresponden a pagos anticipados de bienes que califiquen como insumos de bienes exportables.
Comunicación “A” 7240 – B.C.R.A. – Fecha de emisión 18/03/2021.
- Prorroga hasta el 30/9/2021 la “Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME”
- Establece un nuevo cupo a partir del 1.4.21 que sea, como mínimo, equivalente al 7,5 % de sus depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado en función del promedio mensual de saldos diarios de marzo de 2021.
- Modifica algunas exclusiones y se establecen exigencias de efectivo mínimo por defectos de aplicación.
- Requiere designar un responsable del cumplimiento de esta Línea.
- Prorroga hasta 31.12.21 la necesidad de autorización previa para el traslado o cierre de sucursales.
Se adjuntan al presente el texto de las normas en comentario, así como sus anexos en caso de corresponder.
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy cordialmente,
Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS