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Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 5 de julio de 2021

Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 5 de julio de 2021

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por la Dirección Nacional de Mejora de la Gestión Productiva (DNMGP) y Dirección Nacional de Protección Vegetal (DNPV).

  1. Disp. DNMGP Nº 11/2021. Registro Único de la Matriz Productiva (R.U.M.P.) Procedimiento.

     Mediante la mencionada Disposición, se aprobó el Procedimiento para la Inscripción, Renovación, Actualización, Baja de la Inscripción y Alta por inscripción suspendida al Registro Único de la Matriz Productiva (R.U.M.P.), denominación recientemente resuelta a través de la Resolución Nº 328/2021 (MDP)[1] que se realizará en los Términos y Condiciones previstos en la presente, conforme los datos solicitados en el Formulario que se aprueba, quedando la Autoridad de Aplicación facultada para solicitar información adicional o complementaria que considere apropiada.

Entre los aspectos más relevantes destacamos los siguientes a considerar:

Renovación

Todos aquellos que ya estuvieren inscriptos en el presente Registro, deberán renovar su inscripción en un plazo máximo de 120 días contados desde el 30/06/2021. Registración: vigencia anual.

¡OJO! Si no lo hubieras hecho en el plazo anteriormente citado, se procederá a suspender de manera automática la inscripción en el Registro.

Inscripción

– Digital. Se hace a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD), con clave fiscal nivel 2 o superior.

– Leer y aceptar los términos y condiciones del sistema.

– Ingresar con carácter de declaración jurada los datos requeridos para inscribirse en el R.U.M.P.

Opcional: prestar consentimiento expreso para compartir los datos ya aportados con otros organismos de la Administración Publica Nacional.

– Luego, se emitirá una constancia con un número de identificación único e irrepetible en el Registro, la cual reflejara los datos denunciados por el peticionante.

Actualización y baja de la inscripción en el R.U.M.P

Aquellos que deban informar modificaciones declarados al momento de la inscripción o renovación deberán hacerlo a través del sitio web mencionado, TAD, y buscar la solapa correspondiente para el correspondiente tramite.

Asimismo la norma en comentario detalla los casos donde se procederá a la suspensión de la inscripción, desactivando el identificador R.U.M.P.

¿Algo más? Si, la norma cuenta con 4 Anexos (I, II, III y IV) en los cuales se encuentran el procedimiento a llevar a cabo, los términos y condiciones a observar, conforme los datos solicitados en el formulario, ect.

● Fecha de publicación B.O.: 05/07/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 06/07/2021.

2. Disp. DNPV Nº 400/2021. Sanidad Vegetal.

                        A través de la presente se modificó la Resolución N° 1525/19 SNSCA, norma por la cual se ratificó y mantuvo el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia Botrana.

● Fecha de publicación B.O.: 05/07/2021.

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[1] Resol. 328/2021 Ministerio de Desarrollo Productivo; Dispone la sustitución de la denominación “Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP) por “Registro Único de la Matriz Productiva” (RUMP).

Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 2 de julio de 2021

Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 2 de julio de 2021

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por la Dirección General de Aduanas (DGA) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Prendarios (DNRNPACP).

  1. Resol. Gral. DGA N° 5024/2021.  Clasificación Arancelaria.

            Clasificación arancelaria de mercaderías en la nomenclatura Común del Mercosur, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618/03 AFIP. Criterios de Clasificación Nros. 91/21 al 96/21. P.A. NCM 5903.20.00, 2106.90.90, 7020.00.90, 3926, 40.00, 2309.90.90 y 5515.12.00.

● Fecha de publicación B.O.: 02/07/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 2/07/2021.

  1. Disposición DNRNPACP Nº 94/2021. Vehículos automotores.

            A través de la mencionada disposición se resolvió modificar la Disp. N° 144/2020 DNRNPACP, la cual refiere al establecimiento de los vehículos armados en etapas, específicamente categorías M2 y M3 que podrá computarse como año de fabricación del vehículo el año de fabricación de la carrocería, en aquellos supuestos en los que el chasis fue fabricado con una antelación de hasta dos años calendario respecto de aquella. Lo anterior tiene como finalidad consignar el dato referido al “año-modelo” del automotor en cuestión.

CERTIFICADOS DE FABRICACION DE CARROCERIAS à en aquellos casos donde las carrocerías utilizadas en automotores hubieran sido fabricadas a partir del 1ero de abril de cada año, se consignara como modelo-año aquel año calendario siguiente, por lo cual, ese dato será el que tendrá que consignarse en la documentación que se registre del automotor respectivo.   

● Fecha de publicación B.O.: 02/072021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 2/07/2021.

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Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 25 de junio de 2021

Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 25 de junio de 2021

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo (MDP), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Pesca (MAGP), la Subsecretaria de política y Gestión Comercial (SSPGC) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

i. Resol. Gral. Conj. AFIPyMAGPyMT Nº 5017/2021.

Carta de Porte para el transporte Ferroviario y Automotor de Granos.

            A través de la presente norma se estableció el uso obligatorio de los comprobantes electrónicos denominados “Carta de Porte para el Transporte Ferroviario de Granos” y “Carta de Porte para el Transporte Automotor de Granos” –Carta de Porte– como únicos documentos válidos para respaldar el traslado de granos no destinados a la siembra, tales como cereales y oleaginosos- y de legumbres secas como porotos, arvejas y lentejas, de igual forma con aquellas semillas aun no identificadas como tales por la Autoridad Competente, a cualquier destino dentro de la República Argentina mediante el transporte automotor o ferroviario. Asimismo, establecieron tanto los requisitos como el procedimiento a observar para la solicitud de su respectiva emisión.

OJO! Se exceptúa de lo anterior al traslado realizado por transporte internacional cuando corresponda a operaciones de importación y/o exportación y se encuentre respaldado por la documentación aduanera que corresponda de acuerdo a las normas vigentes. 

¿Quiénes pueden solicitar la “Carta de Porte”?

Aquellos sujetos que se encuentren incluidos en el Sistema de Información Simplificado (SISA).

● Fecha de publicación B.O.: 25/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 1/09/2021.

ii. Resol. Conjunta. MDPyMAGP Nº 5/2021.

            Se resolvió que el cupo mensual establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 408/21 (carne bovina) se calculara conforme el total de toneladas de productos cárnicos exportadas durante el periodo comprendido entre los meses de julio a diciembre del año 2020 y cuyos montos surgieran de los certificados de exportación de carne bovina.

→ El cupo máximo de toneladas a exportar por cada fábrica o establecimiento habilitado será equivalente al 25% del total mensual indicado en el Anexo II de la norma en comentario.

● Fecha de publicación B.O.: 25/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 25/06/2021.

iii. DUMPING: Disposición SSPGC Nº 20/2021.

           Se dio a conocer la nómina de las medidas impuestas, cuyo vencimiento se encuentra incluido en el artículo 3º de la Resolución Nº 293/08 de la Ex Secretaria de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, las cuales se detallan en los Anexos de la norma presente.

● Fecha de publicación B.O.: 25/06/2021.

iv.  Comunicación “A” BCRA Nº 7312Fecha de emisión 25/06/2021.

Distribución de resultados. Adecuaciones.

A través de la presente comunicación se prorrogo hasta el 31/12/2021 la suspensión de la distribución de las entidades financieras establecidas en las normas de Distribución de Resultados > punto 7.3.

v.    Comunicación “A” BCRA Nº 7313Fecha de emisión 25/06/2021.

Exterior y cambios. Adecuaciones.

El día de hoy el BCRA resolvió establecer que las disposiciones referidas al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de endeudamientos financieros del exterior a contrapartes vinculadas se encontraran vigentes hasta el día 31 de diciembre del 2021, inclusive. (Previstas: normas “Exterior y Cambios” > punto 3.5.7).

La comunicación en comentario estableció modificaciones en relación a determinados puntos de las normas de “Exterior y Cambios”, relacionados a los pagos cursados por el mercado de cambios que correspondieran a importaciones de bienes ingresadas por Solicitud Particular o Courier.

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En caso de requerir asistencia sobre este asunto, consulte al Dr. Martín Yannielli (yanniellim@jpof.com.ar).

Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 24 de junio de 2021

Novedades Normativas en Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios del día 24 de junio de 2021

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas emitidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección General de Aduanas (DGA) y por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

  1. Resol. Gral. 5013/2021 (AFIP). Departamento Dcho. Aduanero y Departamento Dcho. Tributario

Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. Derechos de exportación por prestaciones de servicios.

A través de la presente se estableció que el derecho de exportación del 0% fijado para las prestaciones de servicios, será de aplicación para los sujetos caracterizados en el Sistema Registral con el código 451 respecto de las operaciones que estos realicen desde su inscripción en el registro EDC. Para los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software de la Ley N° 25.922, que hubieren ratificado su voluntad de continuar con la adhesión al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, la alícuota del 0% será aplicable a las exportaciones realizadas a partir del 22/12/2020, inclusive.

● Fecha de publicación B.O.: 24/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 1/08/2021.

2. Resol. Gral. DGA N° 5014/2021.

Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo.

Se establecieron los valores referenciales de exportación de Calamares, congelados, enteros, con destino a los países consignados en el Anexo II de la norma.

● Fecha de publicación B.O.: 24/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 28/06/2021.

3. Resol. Gral. DGA N° 5015/2021.

Exportación. Valores referenciales de carácter preventivo.

Similar a lo mencionado en la norma anterior, a través de la presente se establecieron los valores referenciales de exportación de leche entera y en polvo, que tuvieren destino a los países consignados en el Anexo II de la norma en comentario, y se dejó sin efecto los valores referenciales de exportación indicados en el Anexo III de la misma (leche en polvo).

● Fecha de publicación B.O.: 24/06/2021. Vigencia: Las disposiciones mencionadas estarán vigentes desde el 28/06/2021.

4. Comunicado de Prensa BCRA N° 51002/2021. Fecha de emisión: 22/06/2021

Certificaciones de aumento de exportaciones de bienes. Procedimiento de emisión.

Se comunicaron los detalles relacionados con la emisión de las Certificaciones de aumento de exportaciones de bienes en el año 2021, que fuera prevista en la Comunicación “A” 7301 > punto 3.18 > normas Exterior y Cambios.

Se establecieron las condiciones, procedimientos y demás particularidades respecto al trámite.

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En caso de requerir asistencia sobre este asunto, consulte al Dr. Martín Yannielli (yanniellim@jpof.com.ar).