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Por medio de la RESOL-2020-941-APN-MS (B.O. 21/05/2020), se ordenó a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD que otorgue un apoyo financiero de excepción destinado a los Agentes del Seguro de Salud que hubieran sufrido una caída en la recaudación durante el mes de abril de 2020, con relación al mes de marzo de 2020, para garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios de salud durante la vigencia de la pandemia del coronavirus COVID-19, así como el pago en tiempo y forma a los prestadores, indispensables para la continuidad de la atención de los beneficiarios.

Al efecto, se estableció que el monto del apoyo financiero fijado será abonado con recursos del FONDO DE EMERGENCIA Y ASISTENCIA creado por el art. 6° del Decreto 908/16, afectados al PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD PRESTACIONAL DE LOS AGENTES DEL SEGURO DE SALUD, instituido por el Decreto 554/18.

Dicho monto será el resultante de la diferencia entre la suma de recursos percibidos por aportes y contribuciones previstos en el art. 16 de la Ley 23660 y aportes del art. 39 de la Ley 24977 durante el mes de marzo de 2020, y la recaudación percibida durante el mes de abril de 2020, de conformidad con la información que brinde la AFIP.

Así las cosas, se ordenó que los Agentes del Seguro de Salud deberán destinar la totalidad de los fondos aquí recibidos en función del apoyo financiero, a la prestación de servicios de atención de la salud a sus beneficiarios.

LINK: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/229607/20200521

Quedo a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar

Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados