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Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles las últimas novedades normativas publicadas en el día de hoy en el Boletín Oficial, a saber:

LEALTAD COMERCIAL: Res. SCI Nº 868/2021: Incorporan las Posiciones Arancelarias de las partidas 4901 – libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas y 4903.00.00 – álbumes o libros de estampas y cuadernos para dibujar o colorear para niños al Anexo de las Resoluciones N°453/10 y N°68/15 de la Secretaría de Comercio, referente a la certificación de tintas.
CAPA DE OZONO: Res. MADS Nº 264/2021: Redistribuye las cuotas de importación de sustancias que agotan la capa de ozono adjudicadas mediante la Resolución N° 464/20 MADS.
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS: Res. Gral. AFIP Nº 5057/2021: Modifica determinados puntos de la R.G. N° 4268/18 -relativa al régimen de facilidades de pago, permanente y sujeto a las características de cada caso, aplicable para la cancelación total o parcial de multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación-.
REGISTROS ESPECIALES ADUANEROS: Res. Gral. AFIP Nº 5055/2021: Extiende hasta el 30 de noviembre de 2021, inclusive, la eximición establecida por la Resolución General N° 4.699, sus modificatorias y sus complementarias, de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias de este Organismo, por parte de los contribuyentes y responsables.

Por su parte, a última hora de ayer el BCRA emitió la comunicación que se comenta a continuación:
• MERCADO DE CAMBIOS. Comunicación A 7348/2021: Modifica el acceso al mercado de cambios para que los importadores puedan financiar sus compras con créditos del exterior. La norma permitiría a las empresas acceder a dólares para cancelar las obligaciones a partir de los dos años de contraídas (Permitiría cambiar deuda comercial por deuda financiera en el exterior).

o El nuevo endeudamiento tendrá que ser:
– por un monto no menor al pago que se realizará,
– con un tope de u$s 5 millones por importación de bienes y servicios, y
– una vida promedio no menor a dos años
– Se deberá esperar dos años para acceder a los dólares para pagar el nuevo endeudamiento financiero.

o El financiamiento podría tener origen en:
– bancos,
– el mismo proveedor,
– el accionista o la casa matriz (En este supuesto se apunta a que, en lugar de capitalizar, se otorgue este nuevo endeudamiento).

Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy cordialmente,

Departamento de Derecho Aduanero y
Régimen de Control de Cambios
JP O’FARRELL ABOGADOS

Para más información, por favor contactarse con yanniellim@jpof.com.ar