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Novedades normativas en Derecho Aduanero del día 29 de abril de 2020

Novedades normativas en Derecho Aduanero del día 29 de abril de 2020

Nos dirigimos a Uds. a efectos de informarles que en virtud de la Emergencia Sanitaria originada en la Pandemia causada por el nuevo coronavirus, se ha continuado con la publicación de normas en la línea del D.N.U. N° 297/2020 que decretó el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”.

  1. Resolución 176/2020 del Banco Central de la Republica Argentina.

Por esta norma, emitida en fecha 27/04/2020, se prorroga nuevamente[i] el plazo establecido en el punto 1 de la resolución B.C.R.A. 117/2020, declarando así inhábiles los días 27/04/2020 hasta el 10/05/2020 (ambos incluidos) del presente año 2020 para las actuaciones cambiarias y financieras instruidas en los términos de las Leyes del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 y de Entidades Financieras N° 21.526, respectivamente, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan en dicho período por no ser necesaria en ellos la intervención de los encausados.

  • Recomendación – Res. Gral. 11/2019 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

En virtud art. 2º de la Res. Gral. En comentario se establece que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos Brutos (Formulario CM05) correspondiente al período fiscal 2019 operará el 15 de MAYO de 2020.

Para la correcta distribución entre las diferentes jurisdicciones del anticipo de II.BB. (2,50%) que se tributa al momento de la importación a consumo, será necesario que los Contribuyentes del Convenio Multilateral, una vez presentado el nuevo Form. CM05, le remitan copia del mismo o informen  a sus despachantes de aduanas los respectivos coeficientes de distribución actualizados, para que los mismos puedan ser aplicados en las destinaciones  de importación que se oficialicen a partir del 1° de julio de 2020. También se recomienda informar si resultan exentos de tributar este anticipo de II.BB.

Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarles muy cordialmente,

Departamento de Derecho Aduanero y Régimen de Control de Cambios


[i] Ya prorrogado previamente por las resoluciones 137/2020 y 148/2020 del B.C.R.A.

Resolución N°138/2020 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Resolución N°138/2020 – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

La Resolución 138/2020 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación el día 28/04/2020. La nueva norma prorroga hasta el 30 de junio de 2020 la vigencia de los Certificados Ambientales Anuales de los Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos y Patogénicos en el marco de la Ley Nacional N° 24.051, alcanzados por las disposiciones de la Resolución N° 93 de fecha 26 de marzo de 2020 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Asimismo, señala que los Certificados Ambientales Anuales de Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos y Patogénicos cuyo vencimiento opere antes del 30 de junio de 2020 quedan incluidos en la prórroga indicada en el artículo 1° de la presente resolución.

Además de lo antes expuesto, recomendamos tener en cuenta lo dispuesto por la Resolución N° 93 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que establece que durante la vigencia del aislamiento establecido por el Decreto N° 297/2020, la obtención de manifiestos de transporte de residuos peligrosos deberá realizarse mediante el siguiente procedimiento:

  • El transportista procederá a adquirir sus manifiestos mediante el sistema e-recauda.
  • Efectuada dicha adquisición, deberá remitir un correo electrónico a la casilla simel@ambiente.gob.ar acompañando el volante electrónico de pago (vep) o boleta de pago generados mediante la plataforma e-recauda y el comprobante de pago del medio electrónico elegido.
  • Efectuada la acreditación correspondiente, podrá procederse a su utilización.

El presente informe no debe considerarse como asesoramiento en relación a un tema en

particular.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier información adicional y/o consulta con relaciona este tema.

JP O´Farrell Abogados – Departamento de Derecho Ambiental