Con fecha 13/07/2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución N° 221/2020 del Ministerio de Seguridad. La reciente norma establece que los certificados de importación y exportación de sustancias químicas controladas deberán ser emitidos, exclusivamente, mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica GDE, a partir de la publicación de la presente medida.
Mientras que los certificados de inscripción, reinscripción y modificaciones que impliquen la emisión de un nuevo certificado, serán emitidos, exclusivamente, mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica GDE, a partir del quinto día hábil de la publicación de la presente medida.
Los certificados en formato papel que fueran emitidos con anterioridad a las fechas antes señaladas conservarán su vigencia.
El presente informe no debe considerarse como asesoramiento en relación a un tema en particular.
Quedamos a vuestra disposición para cualquier información adicional y/o consulta con relaciona este tema.
JP O´Farrell Abogados – Departamento de Derecho Ambiental