A continuación, mencionamos las novedades normativas publicadas en el día de la fecha, en materia de Derecho Público, en los Boletines Oficiales de las jurisdicciones citadas.
Boletín de la República Argentina
- Resolución 473/2020 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Prorroga la vigencia de la Resolución Nº 100 de fecha 19 de marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y sus modificatorias, hasta el día 31 de enero de 2021, inclusive, la cual establece precios máximos para diversas categorías de productos.
Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236715/20201030
- Resolución 96/2020 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO – S. DE MINERÍA
Aprueba la “Guía para el Desarrollo de Programas de Fortalecimiento de Proveedores Mineros”.
Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236716/20201030
- Resolución 1223/2020 – ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Prorroga con carácter excepcional, la vigencia de los permisos, autorizaciones, registros, inscripciones y licencias cuyos vencimientos o plazo operen desde el 16 de marzo de 2020 y hasta el 17 de noviembre 2020, inclusive, por el término de SESENTA (60) días corridos.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/236718/20201030
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Decreto N° 378
Establece que se exceptúan del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las siguientes actividades: tratamientos ambulatorios para rehabilitación; reuniones y actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre con aforo de UNA (1) persona cada 4 metros cuadrados; actividades acuáticas en natatorios públicos o privados exclusivamente al aire libre con aforo de UNA (1) persona cada 15 metros cuadrados; museos con público con aforo de UNA (1) persona cada 15 metros cuadrados; gimnasios con aforo del TREINTA POR CIENTO (30 %) en relación con la capacidad máxima habilitada; actividad física en establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre o con aforo del TREINTA POR CIENTO (30 %) en relación con la capacidad máxima habilitada; ferias de artesanías y manualistas al aire libre; celebraciones religiosas al aire libre o con aforo de UNA (1) persona cada 15 metros cuadrados, con capacidad máxima de VEINTE (20) personas, y otras VEINTE (20) personas adicionales si estas estuvieren al aire libre.
Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DEC-AJG-AJG-378-20-5988.pdf
- Resolución N° 359/AGC/20 – Ministerio de Justicia y Seguridad
Prorroga la suspensión de la atención al público de carácter presencial.
Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MJYSGC-AGC-359-20-5988.pdf
- Resolución N° 305/MDEPGC/20 – Ministerio de Desarrollo Económico y Producción
Aprueba el protocolo para el funcionamiento de Gimnasios para prevención y manejo de casos de COVID-19.
Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MDEPGC-MDEPGC-305-20-5988.pdf
- Resolución N° 306/MDEPGC/20 – Ministerio de Desarrollo Económico y Producción
Se aprueba el protocolo para el desarrollo de Actividad Física en establecimientos públicos y privados para prevención y manejo de casos de COVID-19.
Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MDEPGC-MDEPGC-306-20-5988.pdf
- Resolución N° 1375/SSTIYC/20 – Ministerio de Desarrollo Económico y Producción
Prorroga la suspensión de los plazos administrativos.
Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-RES-MDEPGC-SSTIYC-1375-20-5988.pdf
- Disposición N° 160/DGCATRA/20 – Jefatura de Gabinete de Ministros
Aprueba el Protocolo de Actuación para la Implementación de Controles de Alcoholemia en Pandemia para el personal dependiente del Cuerpo de Agentes de Tránsito.
Link: https://documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar/publico/ck_PE-DIS-MJGGC-DGCATRA-160-20-5988.pdf
Provincia de Buenos Aires
- LEY N° 15.197
- Establece que los usuarios de las categorías tarifarias de BAJA TENSIÓN (T2, T3, T5 y T6) y de MEDIA TENSIÓN menor a 300 KW (T2, T3, T5 y T6), que hayan sufrido a partir del 20 de marzo de 2020 la reducción del CINCUENTA POR CIENTO (50%) o más en su demanda de potencia, se encuentran facultados para suspender el pago o realizar pagos parciales a cuenta de la potencia contratada -hasta que la recuperación de la demanda alcance el SETENTA POR CIENTO (70%)- manteniéndose la obligación de pago del resto de los cargos.
Link:
- LEY N° 15.199
Adhesión de la provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional 27.545, conocida como la ley de góndolas.
Quedamos a disposición ante cualquier consulta o aclaración. A tal fin, contactar a: Dr. Julio C. Fonrouge, fonrougej@jpof.com.ar
Equipo del Departamento Derecho Administrativo – JP O’Farrell Abogados